El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación en el reglamento que regula los planes y fondos de pensiones y los compromisos por pensiones que contratan las empresas en favor de los trabajadores. El objetivo es reforzar la seguridad de las pensiones, otorgar una mayor información a los beneficiarios y establecer los mecanismos de control de los planes de pensión ofrecidos.
Así se regulan los nuevos contratos de seguro, los denominados planes de previsión social empresarial, a los que se les impondrá la obligación de ofrecer un tipo de interés garantizado, siendo la empresa aseguradora la que correrá con el riesgo y garantizando que no exista discriminación, debiendo ofrecer un único instrumento de previsión en cada empresa, ya sea un plan de previsión social empresarial o de un plan de pensiones de empleo. Los notarios que intervengan en este tipo de operaciones deberán realizar una revisión financiera periódica del plan de pensiones de empleo con el fin de verificar su solvencia y la idoneidad de su gestión.
Aquellos planes de previsión social que no cuenten con una comisión de control, tendrán mayores obligaciones de informar detalladamente de las condiciones del contrato de seguro y de la evolución de los derechos del mismo.
Asimismo, en cumplimiento con la ley de igualdad, se prohíbe la consideración del sexo como factor del cálculo de las primas y prestaciones, excepto que se acredite que el género constituye un factor determinante de la evaluación del riesgo.
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