Si somos el principal sustento de nuestra familia, resulta muy conveniente que nos preguntemos en qué situación se quedaría ésta en caso de nuestro fallecimiento o de que nos quedemos inválidos. Si los recursos que les pueden quedar a nuestros familiares no son suficientes para su sustento, está claro que puede ser el momento de elegir y contratar un buen seguro de vida. De esta manera, a cambio de invertir en el pago de una prima, nuestra familia, en caso de nuestro fallecimiento o de quedarnos inválidos, recibiría del seguro un dinero que puede resultar muy necesario.
En el artículo de hoy, desde inversión y financiación con créditos y préstamos, os vamos a mencionar algunas de las características que debe tener un buen seguro de vida, de esta manera seréis capaces de elegir aquel que más os convenga.
En primer lugar, un buen seguro de vida debe impedir que la compañía de seguros pueda cancelar de forma anticipada la póliza y tener claramente fijadas las primas que se van a tener que pagar.
En los seguros temporales estos términos están siempre preestablecidos. Por ejemplo, si queremos asegurar un capital de 100.000 euros, la prima constante anual para personas de 40 años y póliza a 20 años suele rondar los 900 euros si es hombre y los 500 si es mujer, para personas de 50 años y póliza a 15 años las primas anuales están alrededor de los 1.800 euros para hombre y 900 para mujeres.
Si los que queremos es pagar menos al principio, poder tener la facultad de rescindir la póliza (esto puede ocurrir si contratamos un seguro de vida para pagar un préstamo hipotecario y queremos cancelar anticipadamente dicha hipoteca), o pensamos que podemos tener la necesidad de reducir el capital asegurado, entonces nos interesará contratar un seguro anual renovable. Para este tipo de seguros de vida lo ideal es que garanticen la prórroga y que las primas y tarifas estén prefijadas.
Consejos a la hora de contratar un seguro de vida
Designar a los beneficiarios con su nombre y apellidos, de esta manera podrán cobrar el seguro sin esperar a la declaración de herederos. Si tenemos algún hijo después de haber contratado la póliza de seguro, tendremos que incluirlo.
Debemos rellenar fielmente el cuestionario de salud, comprobando toda la información del contrato, es decir, primas, duración, exclusiones, etcétera. Las exclusiones deben figurar de forma clara en el contrato que firmemos. Si hay alguna de las exclusiones que no nos interesa por afectarnos especialmente, nuestra recomendación es que se pida una inclusión expresa en el contrato aunque esto suponga pagar una sobreprima.
En nuestra opinión es conveniente contratar la garantía adicional de incapacidad permanente absoluta por cualquier causa (no sólo accidente). El motivo es que es muy probable que en caso de invalidez las necesidades de nuestra familia sean incluso mayores que en caso de fallecimiento.
Debemos asegurarnos de que la aseguradora renuncia por escrito a cancelar unilateralmente la póliza y que las primas para toda la duración del contrato están establecidas y fijadas de antemano.
Si nuestras necesidades cambian con el tiempo y queremos hacer una reducción de capital, deberemos preguntar a la compañía de seguros acerca de la posibilidad de hacerlo. Por contra, si lo que queremos es aumentar el capital asegurado sólo tendremos que contratar otro seguro de vida.
Cuestionario de salud o reconocimiento médico
En el cuestionario de salud debemos declarar cualquier lesión o enfermedad que padezcamos, esto puede suponer que la prima del seguro de vida suba, pero si no lo hacemos la aseguradora podría disminuir o incluso no pagar la indemnización a nuestra familia por considerar que actuamos de mala fe al no declarar nuestra enfermedad.
No obstante, si transcurre un año desde que se firmó el contrato, la compañía de seguros ya no podrá alegar que existía una dolencia antes de la contratación del seguro, a no ser que pueda demostrar la mala fe.
Cómo saber si una persona dispone de seguro de vida
Si necesitamos conocer las pólizas de seguro contratadas por una persona fallecida, sólo hay que solicitar un certificado en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Para ello deberemos presentar el certificado de defunción y pagar una tasa de 3,50 euros.
Requisitos para poder cobrar un seguro de vida
Obviamente hay que demostrar el fallecimiento o la situación de invalidez del asegurado. Posteriormente hay que identificar a los beneficiarios del seguro. Además, en caso de fallecimiento, también hay que demostrar y acreditar que se ha liquidado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
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