Es bastante corriente que las informaciones que proporcionan los bancos en lo que respecta a las inversiones y, en concreto, a inversiones como los fondos garantizados, sean poco claras. Por si esto fuera poco, las gestoras financieras de estos fondo se desentienden con suma facilidad cuando se trata de informar a sus clientes. En opinión de los editores de información y financiación, sentencias como la que en octubre de 2010 dictó la Audiencia Provincial de Palencia, han supuesto un gran avance en la defensa de los derecho de los consumidores de este tipo de productos financieros, por ello hemos decidido dedicarle un poco de nuestro tiempo.
En el caso que nos ocupa, una pareja que había contratado un fondo garantizado se dio cuenta de que cuando a su vencimiento decidieron retirar el depósito, el banco o entidad financiera les había cobrado una comisión de reembolso del 4 por ciento, un comisión que en ningún caso aparecía mencionada en el contrato del fondo garantizado y de la que en ningún momento habían sido debidamente informados