Inversión y financiación recomienda

miércoles, 20 de junio de 2012

Los seis cambios principales de la reforma de la Seguridad Social para las pensiones

Los cambios de la reforma de la Seguridad Social y las pensines
La reforma de la Seguridad Social ha supuesto que se retrase la edad de jubilación y que aumenten los años de vida laboral utilizados para calcular la pensión, al final lo que la reforma implica es que vamos a tener que trabajar más años para finalmente cobrar lo mismo o incluso menos. Por lo tanto, la reforma publicada en agosto de 2011 como consecuencia de la crisis, ha complicado la sencilla fórmula existente que nos permite cotizar a la Seguridad Social para finalmente acceder a una pensión que nos posibilite dejar de trabajar.

Son diversos los estudios que ya señalan que las pensiones de jubilación, aparte de ser más complicadas de alcanzar, van a ser en general menores, bajando de media un 7% y un 21 %. A partir de 2013, todos los que se jubilen lo tendrán que hacer siguiendo la fórmula propuesta por esta reforma.

Los seis cambios de la reforma de la Seguridad Social

La mayor parte de los cambios introducidos por la reforma entrarán en vigor el 11 de enero de 2013. Estos son los cambios principales:
  • La edad normal de jubilación aumentará progresivamente de los 65 a los 67 años.
  • En términos generales sólo se podrán jubilar sin descuentos en la pensión aquellos trabajadores que hayan cotizado un mínimo de 38 años y medio.
  • Para poder cobrar una pensión por el 100% de la base reguladora serán necesarios 37 años cotizados (actualmente son sólo 35). Para tener acceso al 50% de la misma serán necesarios 15 años, aumentando dicho porcentaje según aumenten los años cotizados.
  • Los años de vida laboral que se tendrán en consideración a la hora de calcular la pensión irán aumentando progresivamente desde los 15 años últimos (que se tienen en cuenta en la actualidad), hasta los 25 años últimos a partir de 2022 (ver evolución debajo).

    2013 -> 16 años.
    2014 -> 17 años.
    2015 -> 18 años.
    2016 -> 19 años.
    2017 -> 20 años.
    2018 -> 21 años.
    2019 -> 22 años.
    2020 -> 23 años.
    2021 -> 24 años.
    A partir de 2022 -> 25 años.
  • Por lo general y en la mayoría de los casos, la forma en que se pueden completar los pe­riodos en los que no ha habido cotización (lo que se conoce como in­tegración de lagunas) es menos beneficiosa para el trabajador.
  • Se hacen más duras las condiciones para poder acceder a la jubi­1ación anticipada y la jubilación parcial.

Al final, lo que todo esto va a implicar es tener que trabajar más años para poder acceder a cobrar una pensión similar a la que los que ya se han jubilado han conseguido después de trabajar menos años.

Esta reforma ha llegado más o menos impuesta por la imposibilidad de mantener el sistema de pensiones actual. La edad media de jubilación de los españoles es de 64 años, con la reforma se pretende que aquellos que no hayan cotizado durante 38 años y medio se tengan que jubilar a los 67 años (salvo casos excepcionales como el de aquellos profesionales que realizan actividades de las consideradas penosas o peligrosas).

Por otro lado, al considerar más años a la hora de calcular la pensión, esto supondrá, por lo general, una disminución en la cuantía de las mismas. Además, se premia a aquellos que decidan retrasar su jubilación más allá de los 67 años.

El dejar de trabajar a jornada completa a partir de los 61 años, lo que se conoce como jubilación parcial, ya no tendrá tanto atractivo debido a que su cotización se encarece. No obstante, no todos los cambios son a peor, ya que la reforma permite a los pensionistas realizar pequeños trabajos por cuenta propia siempre y cuando el dinero recibido al cabo del año no supere el salario mínimo anual.

Las pensiones de autónomos y otros colectivos sensibles

Las pensiones no contributivas se reordenan. Estas son las pensiones a las que tienen acceso aquellos que no tienen recursos y que no han cotizado los años suficientes para poder acceder a una pensión ordinaria. Al decir que se reordenan, me refiero a que se van a revisar las coberturas ofrecidas por estas pensiones y a realizar estudios para establecer nuevos umbrales de pobreza en base a los criterios establecidos por la Unión Europea.

Otro colectivo sensible son los mayores de 55 años que se quedan en paro. Este colectivo, aunque sus bases de cotización hayan sido las máximas mientras se encontraban en activo, el estar desempleados durante la fase última de su vida laboral supone que estas bases se conviertan en mínimas. Esto ocurre también actualmente, por eso la reforma ha introducido una mejora para aquellos trabajadores que se hayan encontrado en situación de desempleo a partir de los 55 años durante al menos dos años, de manera que los que se jubilen entre 2013 y 2016 podrán pedir que a la hora de calcular su pensión se les computen los últimos 20 años cotizados, y para aquellos que lo hagan entre 2017 y 2021, podrán solicitar que se computen los últimos 25.

La reforma también trae cambios que afectan a los autónomos, como por ejemplo la posibilidad de jubilarse anticipadamente a los 63 años si han cotizado un mínimo de 33. Por lo general, cuantos más años tenga el autónomo y más años tenga cotizados, más recomendable le resultará seguir aportando dinero a la Seguridad Social para su jubilación. En la actualidad resulta prácticamente imposible encontrar una inversión mejor que le reporte finalmente mejores ingresos y más rentabilidad que la jubilación proveniente de la Seguridad Social.

El sistema de pensiones no es todavía igualitario

La reforma todavía no ha igualado las pensiones de manera que todos reciban lo mismo si han cotizado lo mismo:
  • Los parlamentarios y altos cargos del Estado siguen siendo funcionarios de lo que se conoce como clases pasivas, por lo que pueden acceder a numerosas ventajas y privilegios a través de su particular sistema de pensiones.
  • Las pensiones de los altos cargos autonómicos son incumbencia de la propias comunidades autónomas, existiendo también importantes diferencias con el sistema de pensiones ordinario.
  • En suma, todavía hay muchos regímenes especiales en los que trabajadores que han trabajado menos años que otros pertenecientes al régimen ordinario, reciben pensiones iguales o incluso más altas. Estas situaciones deberían armonizarse de manera que esto no ocurriera.

Artículos relacionados: Jubilación, fondos de inversión o planes de pensiones.

0 comentarios: